La Municipalidad de Asunción, a través de la resolución No 648 del 16 de abril último aprobó el esquema de protección básico con que deberá contar para la obtención de licencias todo comercio u oficina, aislado o situado en edificaciones no sujetas al sistema de prevención contra incendios por la ordenanza No 25097/88 por poseer superficies menores, establecido en el Anexo de la presente.
Agrega que los solicitantes de licencia y patente comercial, afectados por lo mencionado, deberán adjuntar a su solicitud el plano del local y planilla, con detalles de equipo y/o dispositivos de protección contra incendios, a ser denominado “Esquema básico de protección contra incendios”.
Señala que: “disponer que el Departamento de Prevención contra incendios, apruebe el plano y planilla presentado, conforme al Anexo de esta resolución e inspeccione su debida implementación, al solo efecto del otorgamiento de la licencia.
También dice: “establecer excepcionalmente la aplicación del esquema básico de prevención contra incendios a aquellos locales a presentación de planos aprobados cuando estén destinados a comercios y oficinas siempre y cuando ocupen hasta 200 m2 de la superficie total construida de la edificación. O que se hallen ubicados en planta baja, con salida directa a la calle, vía pública, calle interna o salida a espacio abierto, sin comunicación con el resto de la edificación o que estén compartimentados con paredes resistentes al fuego RF60 o en su defecto con aberturas aisladas de igual resistencia”. Dice que “en el caso de contar con depósitos y entrepiso, que la carga humana y de combustibles en el local sean bajo, previo dictamen favorable del Departamento de Prevención contra Incendios”.
En el considerando, señala que la ordenanza No23 en su artículo 1 preceptúa que se entenderá por licencia la autorización otorgada por la Municipalidad de Asunción para habilitar un local de uso público, utilizar instrumentos o aparatos o ejercer una actividad lícita en su jurisdicción territorial y de acuerdo a las regulaciones municipales vigentes.
Se entenderá por patente municipal un documento donde conste el pago del impuesto a la patente comercial, industrias, profesiones u oficios. Se entenderá por informe técnico el conjunto de la información que le sea exigida al solicitante en los formularios oficiales de la municipalidad y que constituirá la referencia para determinar la concesión o denegación de la licencia.
La resolución aprueba los requisitos que serán exigidos a los contribuyentes para la presentación de solicitudes de obtención de licencia comercial para el desarrollo de una actividad comercial y el consecuente pago del impuesto de patente comercial.
Requisitos para Solicitar Licencia Comercial
Formulario de institución (Formularios Varios).
Certificado de Cumplimiento Tributario del Ministerio de Hacienda.
Formulario de Licencia Comercial de la Municipalidad.
Patente Comercial y Resolución de la Licencia de la Casa Matriz (en caso solicitar cambio de domicilio, apertura de sucursal, ampliación de ramo, etc.).
Presentar Fotocopia autentificada por escribanía de balances y formularios 106 (Contribuyente IRPC) y 101 (Contribuyentes unipersonales y sociales).
Copia de constancia de inscripción en el S.E.T. (Subsecretaria de Estado de tributación del Ministerio de Hacienda).
C.I. del representante o propietario del comercio (autenticado por escribanía).
Constitución de la Sociedad autenticada (en caso que la empresa sea sociedad).
Constancia original de no adeudar tributos municipales del representante de la actividad comercial (en caso de sociedades la constancia a nombre de la empresa) Solicitar por mesa central de entradas.
Autorización del propietario del inmueble, firma y sello (Formulario Municipal).
C.I. del autorizante (Autenticado).
Copia de la Boleta del impuesto y tasas del local (requiere estar al día).
Planos de la construcción y de P.C.I. a escala de 1:5 marcando espacio con las medidas a ser utilizadas por la actividad comercial (en caso de que la superficie supere los 350 m 2 deberá contar con planos aprobados de P.C.I.).
Fotocopia del RUC autenticado por escribanía.
Presentar en carpeta archivadora.
Presentar Balances en el departamento de Patentes.
Declaración jurada de Activo, firmada por el propietario, en el caso de pequeños contribuyentes.
Patente profesional del contador al día, en los casos de firmas unipersonales y sociedades (fotocopia autenticada por SG).
Observación: La carpeta deberá ser presentada en la oficina de estudio preliminar de expedientes en el 5to piso, Bloque A y quedara por 234 horas para estudio e informe correspondiente Teléfono: 606-438.
Las carpetas presentadas para el estudio preliminar deberán retirarse en el plazo estimado (48 horas) para su presentación en mesa de entrada de manera a que la misma ingrese a la institución como expediente.
La unidad de licencias podrá exigir otros documentos dependiendo del caso o actividad comercial que se presente como ejemplo: Cabinas telefónicas (Habilitación de la CONATEL), farmacias (Habilitación del MSP y BS), Taller mecánico (Licencia Ambiental de la SEAM), Bancos y Financieras (Habilitación del BCP) |